sábado, 6 de agosto de 2011

TSJ ratifica compromisos ante casos de enfermedades y malformaciones

05/08/2011

Emen.- Las aseguradoras o los prestadores de medicina prepagada no podrán evadir sus compromisos con aquellas personas que presenten enfermedades o malformaciones desconocidas, tras haber suscrito un contrato de servicio, ratificó este viernes el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La Sala Político Administrativa del TSJ estableció que las prestadoras de medicina prepaga "ejercen una actividad propia del sector asegurador y que la utilización de cláusulas que regulen en este tipo de contratos de adhesión la figura de las enfermedades o malformaciones preexistentes, nunca podrán ser empleadas como fundamento para incumplir con su responsabilidad ante el ciudadano".

Este compromiso cambia, "a menos que la persona (contratante) reconozca tal existencia al momento de suscribir el servicio o la empresa realice los protocolos de diagnóstico respectivos que así lo confirmen", reseñó un comunicado del TSJ.

De esta manera, la Sala Político Administrativa del máximo tribunal declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la empresa Sanitas de Venezuela, contra la decisión dictada por el Juzgado Nacional Segundo de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (antes Corte Segunda) con sede en Caracas,

Para el tribunal "esta decisión es de gran trascendencia para la protección y defensa de los derechos fundamentales de la ciudadanía en materia de salud, ya que esclarece de manera determinante la obligación de la empresa aseguradora o prestadora de servicios de medicina prepagada de realizar los exámenes necesarios que permitan constatar la existencia o no de enfermedades a la hora de contratar la póliza de seguro de salud o la categoría prepagada".

El TSJ contempla a la actividad aseguradora "como servicio público de prestación de salud, lo que requiere la debida supervisión y control del Estado por medio de los órganos existentes para ello, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora y el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), así como de los órganos jurisdiccionales".

Fuente: El Mundo Economía & Negocios

http://www.elmundo.com.ve/noticias/economia/politicas-publicas/tsj-ratifica-compromisos-ante-casos-de-enfermedade.aspx

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