El día 29 de Julio ha sido publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.990, donde entre otras ha sido publicado la nueva Ley de la Actividad Aseguradora
Marty Frederick Leal Carmona
Gracias por sus comentarios... Si desea una consulta personal o desea información sobre la contratación de algún Plan de Seguros, escríbame a martyleal@gmail.com o llámeme al 0416 6321547
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ResponderEliminarhola buenas noches yo soy de valencia venezuela usted no sabra si hay una ley que ampare a las personas sometidas a cirugia bariatica ( bypass gastrico) en cuanto a que si el permiso en el trabajo debe ser remunerado tengo dias buscando una ley q hable sobre eso perono no la consigo si hay alguna me seria de mucha ayuda gracias
ResponderEliminarDisculpe, la verdad no tengo conocimiento sobre ese particular, réferi su consulta a un administrador y me indica que allí lo importante es el reposo debidamente emitido por un médico, es decir si un médico le ha dado reposo (por causa de una enfermedad, cirugía por accidentes o una cirugía cosmética), el mismo debe ser remunerado; en su totalidad o en parte por el Seguro Social (si cuenta con este), y en parte por el patrono si no es cubierto en su totalidad por el Seguro Social.
ResponderEliminarSi no cuenta con SS el patrono debe cubrirlo y remunerarlo en su totalidad. Según me indica el Lic. Luis Ramón Rojas (persona a la que consulte) las leyes que aplicarían son la Ley del Trabajo y la Ley de los Seguros Sociales.
Aun cuando esta es respuesta referencial, espero haberle ayudado. Saludos.
Buenas tardes la semana pasada intruduge al seguro el informe medico y los examens previo a la operacion baypass debido q tengo una obesidad morbida q me esta causando muchos problemas de salud lamentablemente me la negaron quisiera saber q debo hacer porq es urgente q me oprer mi salud esta en juego...el seguro es nuevo mundo
ResponderEliminarLa verdad es que he consultado mucho sobre este tipo de casos y aun las compañías siguen excluyendo las intervenciones Bariátricas por Bypass Gástrico aun cuando si suelan cubrir las secuelas de las patología que presentan los asegurados, Ej. Diabetes u otras complicaciones.
ResponderEliminarEl caso concreto es que la exclusión que existe en las póliza es bastante genérica y con base a esa exclusión ese tipo de intervenciones carecen de cobertura. Con el Bypass aun cuando se desea tratar al paciente por las complicaciones que le produce o le puede producir la obesidad, en principio se busca reducir el peso o la obesidad del paciente y por allí entra o aplican la exclusión. Aun cuando se de personas que han intentado por varios medios obtener cobertura para este tipo de intervenciones, no he tenido noticias de ninguno que haya obtenido cobertura. De hecho una de mis clientes que es médico y requería realizarse una intervención de este tipo intento con mi ayuda obtener cobertura en base a un estudio y una justificación médica bastante amplia y detallada, sin que pudiésemos obtener resultado.
Hasta que no cambien el texto de los condicionados y específicamente la exclusión referente a los tratamientos para la obesidad las compañías seguirán rechazando la cobertura de este tipo de cirugías.
En sí, hasta que modifiquen la exclusión o hasta que la Superintendencia para la Actividad Aseguradora u otro organismo como el Indepabis den la instrucción para que las compañías cubran estas intervenciones, la exclusión continuara y no tendrán cobertura estas intervenciones.
Si es su deseo puede acudir a cualquiera de estos dos organismos y solicitar apoyo, ya que técnicamente la exclusión no es manejable.
Hola bue dia, mis saludos y mil gracias por darnos estas informaciones. mi pregunta es parecida a la anterior, tambien me fu recomedado hacerme una operacio por laparoscopia (la manga gastrica) pero a mi el Dr. me dijo que habia hecho muchas operaciones bajo la cobertura de algunos seguros pues ya era una obligacion cubrirla, yo tengo tosod los sintoms de cualquier persona con obesidad grdo III hipertensa, dislipidemia, resistenc a la insulina entre otras, ademas ya tengo 56 años, lo que queiro saber es en caso de rwechazarme el seguro es donde debo acudir, mi seguro es Multinacional de seguros; tiene usted conocimiento si esta aseguradora la cubre?
ResponderEliminargracias
Buenas noches, no disculpe hasta donde se Multinacional no lo cubre. El ente al que debería acudir es a La Superintendencia para La Actividad Aseguradora.
ResponderEliminarBUEN DIA POR FAVOR NECESITO SABER SI LAS CIRUGIAS BARIATRICAS LOS SEGUROS LAS ESTAN CUBRIENDO TENGO SEGUROS HORIZONTE
ResponderEliminarHasta donde sé todavía no. No sé de ninguna aseguradora que lo cubra.
ResponderEliminarUn cordial saludo, en la lucha por conseguir la aprobación de la cirugía bariatrica, en el caso de que una compañia de seguro aprobo una cirugia de este tipo, no crea una jurisprudencia tanto para esa compañia, como para otras compañias, y en otro orden se a demostrado que la obesidad es UNA ENFERMEDAD que posee una gran cantidad de morbi mortalidad? y esta demostrado que los pacientes sometidos a este tipo de procedimientos mejora su condicion de salud y aumenta su sobre vida incluso llegando a dejar de usar los medicamentos que usaba anteriomente, q motiva que aun siga siendo una negativa estas compañias y si con argumentos solidos de este tipo y abalados por estudios cientifico se puede realizar los reclamos a las compañias de seguros o por medio de la superintendencia de seguros
ResponderEliminargracias y disculpa lo extenso
hola buenas noches tengo una duda!! mañana voy a introducir los documentos para una carta aval para una operación de las varices en seguros constitución ya tengo 2 años con el seguro y no declare la enfermedad!! hay probabilidades que me aprueben la operación?
ResponderEliminarSi tenía la patología y estaba en conocimiento de ello y no lo declaro al momento de contratar la póliza, el riesgo que corre no es solo que no le paguen sino que le anulen la póliza por declaración falsa u omisión.
ResponderEliminarSin embargo dado que ya han pasado dos años desde la contratación es poco probable que esto pase y lo más seguros es que le den cobertura.
hola deseo saber si esta en proyecto o discución que las empresas aseguradoras , aprueben la cirugia banda gastrica???
ResponderEliminarPor favor, dime que ley debo comprar para saber hasta donde llegan mis derechos con relación a las empresas aseguradoras(usuaria)
ResponderEliminarRespecto a las últimas dos consultas, les comento lo siguiente;
ResponderEliminar1. Hasta donde se no hay ninguna discusión respecto de las cirugías bariátricas, en la nueva ley se estipula que se deberían ofrecer planes seguros para personas generalmente excluidas, como adultos mayores y personas con enfermedades físicas y de bajos ingresos entre otros. En si no hay nada en específico, se cree que en algún momento modifiquen los condicionados de las pólizas y eliminen la exclusión que alude a la obesidad y que de allí en adelante se cubran esas patologías.
2. Le sugiero la Ley Contrato de Seguros y La Ley de la Actividad Aseguradora.
Es importante que sepan que la Superintendencia ha dispuesto un despacho para atender las consultas y reclamos que los asegurados o usuarios tengan en relación a sus pólizas de seguros, haciendo énfasis en aquellas relacionadas con pólizas de salud incluyendo la atención de denuncias por mala atención en clínicas.
Hola M.FF, te quiero comentar sobre la resolución 5.990 de Gaceta Oficial sobre área de seguros y CLAUSULA 3 - GASTOS CUBIERTOS, habla de pruebas de metabolismo en Literal i) y de gastos de intervención quirúrgica reconstructivas en Literal o). Y luego en CLAUSULA 5 - EXCLUSIONES en Literal J)... Dice: Salvo Literal o) de CLAUSULA 3 y el Literal p) .....salvo lo relacionado con Obesidad Mórbida. OSEA.... La Obesidad Mórbida como es una enfermedad esta cubierta el las HC de Todas las aseguradoras, Eso SI , debe estar muy bien diagnosticada y con un excelente y verdadero informe de especialista en Obesidad Mórbida. Ahí..te lo dejo como tarea. Y sino también el telf de SALA SITUACIONAL DE SUPERINTENDECIA DE SEG 0212.9520430. Y la de Fiscalía 08003472200 . Por supuesto,... no sirve para meter una estetica camuflada. Como todo Venezolano AVISPADO, pero Si para verdaderamente sea Enfermedad Metabólica. Un cordial saludo, espero puedas conseguir Ayudar a tus clientes y los que te escriben confiando en ti. Desde el servicio...LMGdC
ResponderEliminarMuchas gracias: Estoy seguro de que esta información será de mucha ayuda para los asegurados que padecen este tipo de patologías y consultan mi blog.
ResponderEliminarVoy a revisar lo que Usted indica y de ser posible escribiré nuevamente al respecto.
Buenas noches! He leído todos los comentarios que se refieren al bypass gástrico y se sabe que los condicionados de los seguros no han sido cambiados, entonces donde queda la ley si se supone que la ley esta por encima de los condicionados de los seguros, además en el articulo que publicaste del 11 de agosto que todas las aseguradoras deben apegarse a la sentencia que dicto el TSJ, como queda el bypass con esto?
ResponderEliminarMi situación es la siguiente, mi esposo tiene un Imc de 50kg/ mts tiene 40 años y a parte del diagnostico de obesidad mórbida tipo IV tiene hipertensión, apnea del sueño, tiene antecedentes de diabetes, es mas tiene descontrol de glicemia, lisdipidemia, gastritis severa y ruptura del menisco interno de la rodilla derecha, todas estas enfermedades están avaladas por informes médicos reales. El esta asegurado con seguros guayana, todos estos informes los llevamos al seguro obteniendo como respuesta el rechazo de la carta aval, ahora queremos pedir al seguro la reconsideración sobre esta situación, mi esposo y yo apenas tenemos un año de casados y deseamos formar una familia pero por su obesidad no podemos tener hijos, estamos desempleados es decir que económicamente no tenemos para pagar la operación, hoy su corredora llamo a sala situacional y lo que dijeron fue que ese tema esta en discusión, yo quisiera de verdad y te hablo con el corazón en la mano que todo esto tenga un final feliz y que mi esposo al igual que muchas personas que están en esta situación sean operados para que la calidad de vida mejore y sobre todo la salud. Gracias por tener este blog para darle información a todos aquellos que las necesitamos y si en algo me puedes ayudar te lo agradezco de ante mano.
Un cordial saludo; gracias por el blog tan completo y con respuesta acertadas y oportunas a las dudas y consultas, en funcion de eso le planteo los siguiente, tengo dos años con una poliza en seguros mercantil, siempre ha estado al dia en cuanto a los pagos, mi hijo de tres años tuvo un episodio de neumonia con derrame de pleura, fue admitido en una clinica donde fue sometido a examenes y tratamientos correspondientes a la gravedad del caso, el seguro aprobo todos los examenes y pago el 100% de los costos, pero ahora se niegan, sin dar razones a renovar la poliza, cabe destacar que yo y mi esposa como titulares de la poliza, nunca hemos hecho uso de la poliza, solo mi hijo en una oportunidad.....es legal esta accion del seguro???,que recursos puedo ejercer, teniendo en cuenta que mi hijo es menor de edad, gracias por su amable respuesta
ResponderEliminarAmigo Legal como tal si es, ya que por Ley las partes pueden si lo desean optar por no prorrogar o renovar el contrato (que es por un año) si así lo desean (Articulo 51 “Duración y Prorroga” de La Ley del Contrato de Seguros). Esto es aplicable salvo en las pólizas de Salud o HCM donde existe una regulación que dice que si ya han “transcurrido tres (03) años ininterrumpidos desde la celebración del contrato de HCM, la empresa de seguros no podrá alegar como causal de rechazo la preexistencia, ni anular la póliza o negarse a renovar, siempre que el tomador o el asegurado pague la prima,…”(Artículo 117 de la misma ley).
ResponderEliminarEs decir como solo van dos años la compañía puede anular o negarse a renovar la póliza. De hecho sé que Mercantil Seguros está haciendo esto de forma regular con su cartera. Aunque suene inapropiado esto se conoce en el sector como limpieza de la cartera. Es decir salen de clientes que potencialmente le puedan causar pérdidas.
Hola, buenos días en un boletin sobre información de seguos en una oportunidad puede leer que ya habia salido en gaceta Oficial, que las cirugias para mejorar la calidad de vida como lo son; la manga gastrica , el bypass entre otras, debian ser cubiertas por las compañias de seguros, me gustaria saber si tiene conocimiento del numero de gaceta.
ResponderEliminarDisculpe, la verdad no sé, no he leído ni escuchado nada el respecto.
ResponderEliminarHola muy buenas tardes! Tengo una póliza con Qualitas S.A, y necesito sacarme las 4 cordales, pero las clinicas que ellos tienen asociadas son pésimas, existirá la posibilidad de que pueda lugo hacer una solicitud de reembolso por gastos odontológicos, gracias
ResponderEliminarAmigo aun cuando el plan odontológico de Seguros Qualitas ofrecidos a través de CDI cubre la extracción quirúrgica de las Cordales o los Terceros Morales (en general los Planes de otras aseguradoras ofrecidos por SIGMA DENTAL no lo cubren), esta es una cobertura de servicios y es por ello que no vera nunca un monto en Bs.F. expresado como suma asegurada, así este servicio solo puede ser ofrecido por especialistas miembros de la Red del proveedor, en este caso CDI, en este tipo de coberturas NO OPERAN LOS REEMBOLSOS y no estar cubiertos los tratamiento realizados por especialistas no afiliados (salvo caso de probada emergencia e imposibilidad de acudir a un especialista afiliado)
ResponderEliminarHola gracias por responder a todas la interrogantes que tenemos , una consulta debería de existir alguna diferencia de cobertura si es una póliza individual o colectiva)asignada por la compañía en la que se labora)?
ResponderEliminarDeber como tal no, sin embargo ciertamente al contratarse una póliza colectiva, si las condiciones son las óptimas, la póliza por lo general puede contemplar la eliminación de plazos de espera u otros beneficios que le mejoren respecto de un plan individual.
ResponderEliminarPor citar solo algunas de esas posibles mejoras;
Se puede establecer que para los asegurados titulares, sus conyugues e incluso sus padres no exista límite de edad de inclusión ni de permanencia o que en lugar de 30 días de plazo para presentar reclamos se cuente con 60, etc.
Incluso dependiendo de la magnitud del colectivo, podría incluirse mejoras respecto de la cobertura, Ej. Eliminar alguna exclusión propia de las pólizas de salud individuales y colectivas.
hola buenas noche ,quisiera saber cuanto tarda una carta aval de seguros la previsora ,gracias
ResponderEliminarDisculpe, no trabajo propiamente con la Previsora, pero estos períodos van de 48 horas hábiles hasta un máximo de cinco hábiles. Así que en teoría no deberían tardar más de cinco días.
ResponderEliminarBUENOS DIAS TENGO SEGUROS MERCANTIL Y POR DIAGNOSTICO MEDICO DE SER UNA PERSONA HIPERTENSA, PRE-DIABETICA CON LIPOMATOSIS MULTIPLE EN TODO MI CUERPO, Y CON PROBLEMAS DE HIPOTIROIDISMO SOY SEGUN LOS MEDICOS CANDIDATA A UNA MANGA GASTRICA, QUISIERA SABER SI PUEDO OPERARME POR MI SEGURO YA QUE ME HAN DICHO QUE LOS SEGUROS NO CUBREN ESTA CIRUGIA
ResponderEliminarEs cierto, las compañías no cubren esas intervenciones.
ResponderEliminarDISCULPE! LA mAYORIA DE LOS SEGUROS YA CUBREN LAS CIRUGIAS BARIATRICAS DE TODO TIPO NO SE PORQUE DICES QUE NO ES ASI! ES UNA LEY Y UN DERECHO QUE LAS ASEGURADORAS CUMPLAN, LO QUE TENGO ENTENDIDO QUE HAY ALGUNAS QUE SE NIEGAN EN CUMPLIR ESA LEY, PERO LO MEJOR ES DEMANDARLAS POR INDEPABIS O LA SUPERINTENDENCIA, Y NO CREO QUE QUIERAN SER DEMANDADAS PUES SABEN QUE PERDERIAN, PORQUE ES UN HECHO QUE ES UN DERECHO DEL CIUDADANO ASEGURADO...DEBERIAS MANEJAR MEJOR ESTA INFORMACION!!!!
ResponderEliminarDisculpe en verdad, tal vez por desconocimiento he dado alguna mala información, sin embargo soy corredor y no sé hasta ahora de ninguna compañía que cubra ese tipo de intervenciones, incluso consulte con personal del área de reclamos personas de La Previsora y me informaron que ellos tampoco lo cubren (salvo en un par de cuentas Colectivas con condiciones especiales). En cuanto a es que es Ley, desconozco a que ley se refiere, ya que si se trata de la nueva Ley para La Actividad Aseguradora, en ella no se hace mención específica a la obligación de dar cobertura a ese tipo de intervenciones. Sin embargo como dije al principio me disculpo si he dado alguna información errada. Por mi parte esta semana me comprometo a dirigirme a la Superintendencia y hacer allí directamente una consulta sobre este particular.
ResponderEliminarSi Usted por favor pudiera suministrarnos información sobre la ley a la que hace mención y sobre las compañías de las que tiene conocimiento que cubren estas intervenciones, de seguro tanto yo como los lectores se lo agradeceremos.
Buenos dias, estaba por escribirle a la direccion de correo que deja abajo a ver si puede ayudarme con lo siguiente: tengo un familiar que tiene una enfermedad preexistente (lupus) y la verdad me gustaria contratar algun plan de seguro en general para esta persona pero me he conseguido con que las aseguradoras no etan cubriendo enfermedades preexistentes, quisiera saber si hay alguna forma de contratar los servicios de un seguro que se apeguen a esta nueva ley donde queda explicito que deben poderse asegurar y tratar?
ResponderEliminarBuenas tardes! En cuanto al amigo q dice q ya casi todos los seguros cubren la cirugía bariatrica, pues en el consultorio del cirujano hay muchas personas q si han sido operadas por los seguros, como por ejemplo seguros constitución, carona, y otros, y pólizas particulares! Pero no son todos los seguros y tampoco al parecer es una obligación primero la ley no es clara y segundo ni el INDEPABIS ni la SUPERINTENDENCIA de seguros reciben denuncias q tengan q ver con la cirugía bariatrica, lo digo porque ya yo fui al indepabis con mis denuncia lista y todos los papeles q ellos piden y pues no la quisieron ni recibir por dicen q ese tema no esta claro y ellos no pueden hacer nada, luego llame para la SALA SITUACIONAL de la superintendencia y también me rebotaron empezando por el mal trato de los operadores y luego diciendo q ese tema esta en discusión pero q ningún seguro ha aprobado ese tipo de cirugía! Así que gorditos a cuidar su salud porq en este país no tenemos esperanzas de ser operados por algún seguro y tampoco hay algún organismo q nos pueda ayudar! Que lastima de país! Y pobre de nosotros!
ResponderEliminarHOLA, TENGO ASEGURADOS MIS HIJOS AL IGUAL QUE YO CON SEGUROS CARACAS. MI PREGUNTA CONCRETA ES: HASTA QUE PUNTO EL LEGAL Y MONTO DEL DICHO DEDUCIBLE. YA QUE EN VARIAS OPORTUNIDADES HE ACUDIDO CON UNOS DE MIS HIJOS AL MEDICO Y PORQ LOS GASTOS NO ME LLEGAN AL 1.000 BF NO ME RECOCNOCEN LOS GASTOS OCASIONADOS LOS CUALES FUERON DE 900 BF. APARTE A MI POLIZA EL DEDUCIBLE ES 1.500 BF. ESTO ES ASI DE LEGAL?
ResponderEliminardeberian de sacar una ley que elimini estos deducibles, ya que los que se ponen buchones son las aseguradoras.
ResponderEliminarSi amig@ el deducible es algo legal, de hecho en Seguros Caracas el deducible mínimo para pólizas nuevas es de Bs.F. 3.000,00 y la tendencia en el mercado es que estos deducibles lleguen a estar por el orden de los Bs.F. 1.500,00. Entre las funciones del deducible están hacer que el asegurado sea participe de su riesgo. Si no hubiera deducible en las pólizas de salud la siniestralidad se elevaría de tal forma que haría que los seguros fueran aún más costosos. (a mayor deducible menor costo en la prima)
ResponderEliminarEs recomendable que a la hora de contratar un seguro consideren entre otras variables el deducible aplicado, Ej. En Mercantil y Multinacional el deducible para pólizas nuevas es de Bs.F. 1.500,00 y en Seguros Qualitas de Bs.F. 800,00.
En su caso si ha acudido con su hijo en varias oportunidades por un mismo evento o una misma patología, al solicitar el reembolso de los gastos debe indicar que dicho gasto es complementario de otro caso ya que el deducible aplica por asegurado, evento y año pólizas. Así si fue por un mismo caso tres veces a consulta en un mismo año póliza y en cada caso gasto Bs.F. 950,00 y lo presenta sin indicar que son complementarios se los van a rechazar sin embargo si los presenta indicando en el segundo y tercer caso que son gastos relacionados a un mismo evento le indemnizaran de la siguiente forma; En la primera solicitud de reembolso rechazaran (pero ya acumula Bs.F. 950,00 de un gasto amparable); en el segundo caso le pagaran solo Bs.F. 400,00 ya que para completar el deducible descontaran Bs.F. 550,00 (Bs.F. 950,00 + 550,00 = 1.500,00) y en el tercer caso le pagaran el monto completo.
Betina disculpa que no le había respondido, se supone que para poder contratar un plan de seguros no debe haberse materializado el riesgo y en las pólizas de salud el riesgo en la enfermedad, es decir debe asegurarse estando sana, con la nueva ley lo que ha sucedido es que las compañías han endurecido sus políticas de suscripción, de hecho en algunos casos no vasta la sola declaración de salud sino que se les pide a los interesados en contratar una póliza de salud que acudan a chequeos médicos.
ResponderEliminarSin embargo hay casos en los cuales una compañía de seguros, asegura a una persona con una patología conocida pero excluyéndole de los beneficios de la póliza cualquier gasto relacionado a dicha patología. Si bien puedes hacer el intento y solicitar una póliza de seguro en una o varias compañías debes considerar que ellos van a tomar en cuenta el tipo de patología en este caso “Lupus” que lamentablemente es una condición que puede afectar varios órganos.
Intenta contratar con la Previsora a ver cómo te va con ellos, sino deberás esperas a Marzo cuando ya deberán estarce comercializando los planes de seguros solidarios que deberían permitir asegurase a las personas generalmente excluidas de los planes tradicionales.
Hola buenas noches, primero que nada le felicito por tan excelente iniciativa con este blog. Tengo una unica interrogante y es que quisiera saber si en existe alguna compañia de seguros que en sus polizas pueda cubrir personas mayores de 60 años. Tengo mi poliza (la cual compre individualmente ya que trabajo en libre ejercicio de mi profesion) pero quisiera adquirir una poliza para mis padres ambos son mayores de 60 años. Saludos
ResponderEliminarbuen día, quisiera consultar con ustedes lo siguiente;
ResponderEliminarhe escuchado que ahora los seguros privados Venezolanos estan obligados a cubrir operaciones relacionadas a obesidad. espcificamente el bypass gastrico, entre otros. yo tengo una poliza con Muktinacional de Seguros que cubre 250 mil Bolivares Fuertes. Estan ellos obligados verdaderamente a cubrir la operación en caso de que aplique la misma según las Patologias por las cuales uno debe ser intervenido? por ejemplo tensión arterial. Disnea de sueño. etc.
No amigo, no existe ninguna normativa que obligue a las empresas a cubrir ese tipo de intervenciones que de hecho están excluidas según los condicionados actuales y vigentes. Si observa los comentarios del 8 de noviembre podrá ver que ni el INDEPABIS ni la Superintendencia de Seguros dan una clara especificación al respecto.
ResponderEliminarBuenas Tardes Amigo: Tengo un asegurado quien por un error humano dejo pasar 18 dias despues de cumplirse el periodo de gracia de su poliza de salud. Hablamos con la compañia para pagarla (Multinacional de seguros) y dijeron que la poliza estaba anulada. Se le solicitó la rehabilitacion de la misma, alegando que el asegurado tenia 5 años con su poliza y fue por error involuntario que se estaba pagando en esa oportunidad porque teniamos en nuestro registro una fecha porterior de vencimiento. (se pensaba que la fecha de vencimiento era el 30 de junio cuando realmente vencia el 30 del mes anterior )-
ResponderEliminarLa compañia no quiso rehabilitar la poliza y lo unico que pude lograr fué que me emitieran una nueva para no dejarlo desamparado del todo mientras le consultaba a la superintendencia de seguros, la cual gasta esta fecha no ha dado respuesta. Le emitieron una nueva poliza pero le colocaron plazos de espera.
ahora 4 meses despues el asegurado tiene que operar a un hijo de agmindalitis. y solo han pasado 4 meses desde la emision de la nueva poliza. Habra algo que se pueda hacer para que ellos cubran esta operacion ?
Gracias de antemano.
Amigo cuando ese tipo de cosas pasan lo usual es entregar una solicitud de reactivación de la póliza, en la cual el asegurado deja constancia jurada de encontrarse (él y los demás asegurados) en perfecto estado de salud y no tener reclamaciones pendientes contra la aseguradora, así aplicando la cláusula de reactivación de la póliza, esta se reactiva y se establecen tres meses de plazo de espera. Este trámite desde luego estaba supeditado a la aceptación por parte de la aseguradora.
ResponderEliminarAsí pues, si la compañía te emitió una nueva póliza asumo que obviamente no aceptaron reactivarla, por lo cual es muy difícil que logres que te cubran esa intervención ya que si bien no estoy seguro creo que la “Amigdalitis” está expresamente sujeta a plazos de espera.
Hoy pedí para leer un condicionado de Multinacional pero solo me trajeron las condiciones generales.
Verifica el condicionado y si la patología como tal no está sujeta expresamente a plazos de espera, presenta tu reclamo y has la solicitud de Carta Aval.
Si no está sujeta a plazos, no pueden rechazarle por preexistencia y ya habrían superado los cuatro meses que generalmente se establecen como plazo para presentar reclamaciones por cualquier enfermedad no sujeta a otro tipo de exclusión temporal.
gracias amigo por tu respuesta y asesoramiento,yo habia hecho la solicitud de rehabilitacion de la misma manera como tu lo indicastes y la compañia no quizo aceptarmela, fue por ello que lo unico que pude lograr fué la emision de la poliza con plazos de espera. Creo que el condicionado de la poliza tiene plazos de un año para esta patologia, por lo que creo no hay nada que hacer.
ResponderEliminarque lastima que todavia la nueva ley de seguros no se aplica como debe ser. Deberian establecer un plazo de espera unico para todas las compañias ya que en el caso de multinacional a diferencia de seguros caracas, mapfre, mercantil etc etc los plazos de espera son mas largos,
gracias por tu ayuda y colaboracion,
quiero asegurar mi vehiculo pero e e pedido cotizaciones con todas las aseguradoras y estan muy caras,hasta ahora no se con cual asegurar pero la unica que me a dado mejor precio es seguros la previsora pero no se que tal es esta empresa a la hora de responder por un siniestro.Por favor ayudeme o mejor dicho orienteme ya que no se que hacer y estoy sin un seguro.La previsora actualmente es una buena asegurado si o no?
ResponderEliminarAmigo en si yo no trabajo con la Previsora y si bien he oido muchos comentarios encontrados, la mayoria dice que no les va mal con esta empresa. Ademas considere que esta es la empresa que abandera al estado y segun la ultima publicacion del ranking nacional al 31 de octubre esta empresa esta de quinta. Eso es un buen indicador
ResponderEliminaramigo gracias por su ayudad y orientacion deberian existir mas personas como usted que no son egoistas con el conocimiento y mas blog de ayudad para personas tan desorintadas como en mi caso.El que no vive para servir,no sirve para vivir... muchas gracias nuevamente.
ResponderEliminarEstamos asegurados con póliza colectiva con Multinacional de Seguros. Luego de que salió la nueva ley de actividad aseguradora, nos incrementaron un 80% la póliza de hospitalización. Escribí a la Superintendencia semejante aumento con todas las pruebas y no me han respondido. Sorpresivamente, me llega de nuevo la renovación con otro 80% sobre el 80% anterior de aumento.
ResponderEliminarUno lee tanto en prensa como internet sobre la prohibición de aumentos excesivos en pólizas de hospitalización pero en la práctica la realidad es otra.
Solicito presupuesto en otra compañía como póliza individual y cuesta menos de la mitad que con Multinacional de Seguros ("Colectivo") pero piero la antiguedad y otro miembro de familia de 3era edad no tiene más remedio que calarse semejantes aumentos.
¿Qué más se puede hacer?
Se supone que siendo una póliza Colectiva debería ser más barata.
Gracias.
Amigo lo que pasa es que las pólizas colectivas se manejan de manera distintas a las pólizas individuales y suelen tener ciertos beneficios que no tienen las pólizas individuales como por Ej. Eliminación de Plazos de Espera. En estos casos las compañías manejan cada caso con tarifas discrecionales lo que no sucede en sus contrapartes que deben manejar tarifas previamente aprobadas por la Superintendencia.
ResponderEliminarEn su caso es el contratante quien debe pedir un análisis de su cuenta y ver cual es el origen de dichos ajustes, a priori puedo asumir que dichos ajusten provienen de un mal resultado técnico de la cuenta es decir “Alta Siniestralidad”. Recuerde que en el caso de las pólizas colectivas se considera el resultado de la cuenta y no de cada particular y se espera que la siniestralidad no sea mayor al 60%. Vera actualmente estoy negociando un ajuste sobre un colectivo cuya siniestralidad fue mala (82%) y por ello la compañía en la renovación quiere ajustar un 65% la prima y estamos pidiendo se ajuste solo 40% comprometiéndonos a que el contratante concientice a sus empleados sobre hacer un uso racional de la póliza. De hecho hace poco me toco igualmente negociar otro caso en el cual se justo la prima en 100% porque la siniestralidad de ese cliente alcanzo 140% y en este caso solo se logro que se ajustara un 85%, en este caso el contratante acepto el ajuste al ver el detalle del comportamiento de la cuenta.
Le sugiero que hable con las personas responsables de manejar el colectivo y que llegue algún tipo de negociación ya que como usted dice le será difícil cambiarse de compañía (de hecho si el colectivo quisiera cambiarse, la nueva compañía ajustaría sus primas en base al comportamiento de la cuenta en la actualidad).
Gracias por su respuesta del 24/12/2011 a las 10:39.
ResponderEliminarEn efecto, la compañía de seguros alega como causa del incremento "alta siniestralidad" pero esto va en contra de la nueva ley que prohibe altas subidas de las primas de hospitalización. La nueva ley no especifica si se trata de pólizas individuales o colectivas, solo lo prohibe.
Por otro lado, no tenemos ninguna ventaja con esta póliza desde que la maneja Multinacional de Seguros, me explico:
1) Dos aumentos en 2 años consecutivos cada uno de 80%.
2) Los reembolsos los pagan promedio 60, 80 dias en vez de 30 dias continuos como lo expecifica la ley.
3) Las renovaciones de las nuevas primas las envian luego de que pase el plazo de gracia, es decir, ya para esa fecha uno ve que volvieron aumentar un 80% y es imposible cambiarse a otra compañía.
4) Cobran el deducible dentro de 1 año póliza-misma enfermedad hasta 4 veces. Si es cierto que reembolsan los 3 deducibles que, "sin querer" cobraron de mas, pero lo hacen luego de 2-3 meses usando el dinero de los clientes.
5) Yo tengo 35 años y pago el doble de una persona que tiene 68 años con póliza individual y que tiene mayor cobertura que mi póliza.
En definitiva hay leyes (en teoría) pero la práctica (la realidad del dia a dia) es completamente distinta y estamos desamparados.
Prácticamente no están votando del seguro y perdiendo nuestra antiguedad. Hay una ley que prohibe votar al asegurado pero si te subo 80%, luego otro 80%, y continuamos exponencialmente subiendo las primas, te están votando.
Antes de que Multinacional manejara el colectivo, si habían beneficios pero ahora no encuentro ninguno y me sobran dedos de las manos.
De nuevo, muchísimas gracias por su valioso tiempo.
FE DE ERRATA
ResponderEliminarPrácticamente no están botando del seguro y perdiendo nuestra antiguedad. Hay una ley que prohibe votar al asegurado pero si te subo 80%, luego otro 80%, y continuamos exponencialmente subiendo las primas, te están votando.
buenas tardes quiero saber si las polizas de seguros actualmente estan cubriendo la cirugia bariatrica especificamente seguros caracas muchisimas gracias
ResponderEliminarNo Seguros Caracas no cubre ese tipo de intervenciones.
ResponderEliminarMi nombre es Angel Barreto y soy asegurado por Seguros Caracas, al hacer la contratcion de la poliza no sabia que tenia un pequeño calculo en los riñones el cual me fue detectado 5 meses despues de haber contratado la poliza ya he ingresado varias veces a las clinicas pero costeando los gastos por mi parte quiero saber si el seguro esta obligado a devolverme el dinero por los gastos. Tambien mi urologa me recomendo una intervencion de emergencia ya que debido a un tratamiento expulsivo quedo un pequeño calculo atrapado en el conducto urinario condicionando la vida del riñon... Mi pregunta es: ¿ La cirugia esta amparada por la poliza siendo un ingreso por clave de emergencia?
ResponderEliminarNo, amigo lamentablemente esa patología esta sujeta a plazos de espera, por lo que no aplicara el rembolso de esos gastos ni la intervención que debe realizarse, así entrara a una clínica por emergencia no tendría cobertura.
ResponderEliminarSolo después de cumplirse los plazos de espera de 18 meses se le daría cobertura para esa patología en particular.
Nota: La ley indica que las empresas no pueden alegar como causa de rechazo enfermedades prexistentes, no obstante Los Plazos de Espera siguen teniendo vigor y estos plazos se refieren a ciertas patologías debidamente nombradas. Así cualquier patología que esta indicada como sujeta a exclusión temporal estará sujeta a plazos de espera.
En cuanto se refiere a enfermedades o patologías renales solo se otorgaría cobertura inmediata en casos de Pielonefritis.
Si por ley no se puede alegar pre-existencia para no indemnizar a un asegurado, ¿porqué le rechazan al Sr. Angel Barreto cubrir los costes de su enfermedad?
EliminarEsto sin contar que este Sr. no lo sabía, es decir, de buena fe tomó la póliza y luego se enteró de que tenía dicha enfermedad. En este caso, el seguro tiene la obligación de demostrar la supuesta mala fe de su asegurado.
El tema es que en su caso el rechazo no esta fundamentando en la prexistencia de la patología y al hecho de que esa patología en particular esta sujeta a plazos de espera, los cuales están claramente detallados en las condiciones de las pólizas.
EliminarEn la contratación de las pólizas de seguros se presupone la existencia de máxima buena fe, se entiende que él no hubiese estado en conocimiento de su condición, pero los plazos de espera siguen teniendo vigor en los contratos de seguros.
Esto no tiene nada que ver con la prexistencia.
AMIGO MARTY QUISIERA SABER SI TU ME PUDIECE ACLARAR ESTE ANEXO QUE APARECE EL CUADRO DE POLIZA DE MULTINACIONAL DE SEGUROS EL CUAL ME MANIFIESTAN QUE ES PARA TODAS MUJERES QUE SE ASEGUREN ALLI QUIERA SI ES CIRTO Y SI A TI TE LO HAN PUESTO EN ALGUNOS DE TUS ASEGURADO. ((( se excluye de manera permanente examenes y tratamientos y/o por " eventraciones, bridas y/o adherencias post-cesarea)))
ResponderEliminarYA QUE TENGO UN CLIENTE CON UNA SOLICITUD DE HACERCE UN ESTEREOTOMIA, Y ME ESTA APARECIENDO ALLI ESTE ANEXO Y ESTOY CONFUNDIDO
ATTE. EDGAR GIL
Hola quiero saber, si una persona me puede cobrar unos gastos de una factura que ya el seguro pago a la clinica donde estuvo hospitalizada. Ella desea que yo le pague a ella esos gastos que ella no cancelo si no el seguro.
ResponderEliminarEn respuesta al Sr. Gil le comento que de verdad no he sabido ni escuchado nada respecto de esto, a la mano solo tengo dos pólizas de salud de multinacional y en ellas no aparece esa exclusión, mañana con mucho gusto voy a averiguar y a revisar otras pólizas. (De hecho considero que debo revisar todas las pólizas de mis clientes)
ResponderEliminarSin embargo te sugiero que verifiques que no se trate una exclusión de patología, es decir una exclusión puntual, bien por cambio de cartera (reconocimiento de antigüedad) emisión de póliza con declaración de enfermedad o tratamiento, cambio de tipo de póliza (de colectivo a individual), etc.
Yo mañana indago y le aviso.
Anónimo, en principio no creo que Usted deba pagar nada, pero la verdad es que no tengo muy clara su situación, porque habría Usted de deber pagarle a esta persona, Usted le causo un daño personal, es su corredor de seguros, es su patrono….?
ResponderEliminarhola buenas tardes quisiera saber si el seguro qualitas cubre la extraccion de cordales ... espero prontas respuestas saluds..
ResponderEliminarSi tiene contratada la póliza de Salud Individual con la cobertura básica de Bs.F. 100.000,00 tendrá el plan odontológico “Extra Plus” que cubre la extracción de los 3ros molares (erupcionados o no), es decir si lo tendrá cubierto.
ResponderEliminarSi tiene un plan de cobertura menor o un plan colectivo deberá verificar el anexo de servicios odontológicos.
En todo caso al acudir a un odontólogo de la red de proveedores, este le explicara en detalle el alcance de los servicios garantizados por esta cobertura en su caso particular ya que antes de atenderle él debe verificar el tipo de plan del cual Usted goza.
Buen día, he contratado una Póliza de Seguros con Seg. Pirámide para mí y mi hija, yo fuí operada hace dos años de hernia discal, zona lumbar, y mi hija estuvo hace pocos meses hospitalizada por neumonía, bien, en la declaración de salud informé sobre estas patologías y en la emisión de la póliza me excluyen todo lo que tenga que ver, a mí por columna y a mi hija por pulmones y bronquios, independientemenete de los plazos de espera para enfermedades preexistentes ellos excluyeron esas patologías para no cubrirlas jamás... Es eso correcto??? leyendo las prohibiciones que tienen las Cias de Seguros leo que ellos no pueden alegar las enfermededades preexistentes como causal de rechazo de siniestros de HCM una vez, claro está, habiendo superado los plazos de espera. Agradezco su aclaratoria.
ResponderEliminarSi señora, esto es algo normal y cualquier compañía hubiese hecho lo mismo, de hecho algunas hubiesen negado la suscripción de la póliza, y si, es legal. De hecho con la promulgación de la nueva ley y justamente por esa prohibición las compañías han endurecido sus políticas de suscripción.
ResponderEliminarEso si, cuando una compañía realiza ese tipo de exclusiones se le da la posibilidad al asegurado de elegir si contrata la póliza o no, es decir si Usted no desea no debe pagar la prima de esa póliza y pudiera intentar contratar con otra y negociar mejores condiciones. Sin embargo como le dije será difícil que encuentre una compañía que no aplique las mismas exclusiones, debiendo considerar además que en todo caso siempre deberá declarar esas intervenciones so pena de incurrir en declaración falsa.
hola buenas tardes!
ResponderEliminartengo un familiar que cuenta con poliza de Seguros Caracas, ya falta poco para que cumpla con los plazos de espera, sin embargo recientemente necesito ingresar de emergencia a una clinica, por un dolor abdominal agudo. aunque los gastos superaron el deducible queria saber si el monto que excede el deducible pudiera serle reintegrado asi como los gastos por tratamiento y si en un futuro, luego de cubrir el plazo de espera, se le presentase problema similar debera pagar este deducible nuevamente?
gracias por su respuesta
Buenas noches, tengo una poliza con mapfre, estoy presentando problemas de salud por mi sobre peso, hipertencion, diabetes artrosis en ambas rodillas etc, todos los medicos indican como solucion un BY PASS GASTRICO ELLOS ESTAN EN LA OBLIGACION DE CUBRIRMELO.?
ResponderEliminarEn relación al comentario relacionado con Seguros Caracas, si el dolor abdominal al que hace referencia tenia que ver con alguna patología sujeta a plazos de espera (cálculos renales, cólicos nefríticos, etc.) el gasto no va a ser cubierto. Después de que se cumplan los plazos de espera el cliente podrá hacer uso de su cobertura para cubrir los gatos derivados de ese tipo de patologías y si le van descontar el deducible.
ResponderEliminarRecuerde también que el deducible aplicara por patología y año póliza y es importante que cuando presente gastos directamente relacionados a una patología ya cubierta por la póliza lo mencione a fin de que no le hagan el cargo del deducible nuevamente.
En relación al comentario del BY PASS, le comento que no existe obligación de cubrirlo, y no existe ninguna regulación que obligue a las empresas cubrirlo.
ResponderEliminarhola buenas tardes: gracias por su respuesta. igual el caso de Seguros Caracas y deducible. entiendo que no cubriria los gastos ahora. pero luego de cumplir el plazo de espera puede tomarse esto como un evento al cual se le puede aplicar el deducible? el paciente del que le hablo requerira posiblemente de endoscopia y desde ya tratamiento. como se manejaria esto por el seguro?. el dolor abdominal que presento el familiar que le comente en el post anterior tuvo origen en el colon, ahora no preciso el diagnostico exacto. gracias nuevamente
ResponderEliminarSi uno se cambio de tipo de póliza (de colectivo a individual) dentro de la misma Compañía ¿se respeta la antiguedad?
ResponderEliminarMultinacional de Seguros me cobra 40% más en póliza colectiva que individual.
Amigo el que una compañía acepte la antigüedad por un cambio de póliza colectiva a individual dependerá de la compañía ya que no es obligatorio que lo hagan y de hecho actualmente no lo están haciendo, es decir casi ninguna empresa reconoce la antigüedad ni siquiera en el caso que usted plantea.
ResponderEliminarEl costo de una póliza colectiva depende del resultado técnico de la cuenta, si la siniestralidad es alta las primas serán muy elevadas respecto de una póliza individual.
Y en cuanto a una póliza individual estas en su primera contratación son más económicas ya que están sujetas a plazos de espera y no son 100% operativas, de hecho cada compañía maneja tres diferentes tarifas (1 para pólizas nuevas que es la más económica, 1 para pólizas en su primera renovación y otra para la segunda y posterior renovación) Si a Usted le reconocieran la antigüedad la tarifa que le aplicaría sería la más costosa. Así que le sugiero que consulte en la empresa.
hola buen dia tengo contratada una poliza con seguros caracas. hace una semana acudi a consulta dermatologica y me dijo la Dra que debo hacerme una biopsia. mi pregunta es cubre esto el seguro? agradezco de antemano su respuesta
ResponderEliminarEn si, la cuestión a priori no es si lo cubre o no.
ResponderEliminarVera, las pólizas de seguros no cubren gastos por exámenes con fines de diagnostico*, salvo que se evidencia de dichos estudios que existe una patología cubierta por la póliza, si se hace la biopsia resulta y al final de los estudios realizados dan con un diagnostico definitivo y este corresponde a una patología cubierta, el gastos médicos en los que incurrió incluyendo la biopsia estarán cubiertos. En Seguros Caracas esto opera contra rembolso.
*Hay empresas que ofrecen servicios de medicina preventiva o algunas consultas médicas anuales y en ese caso cubren los exámenes médicos hecho con ocasión al uso de estos servicios.
Buenas tardes. Es cierto que ya algunas aseguradoras estan cubriendo la cirugia bariatrica? y de ser asi cuales son? ... Gracias.
ResponderEliminarAmig@ aun no tengo conocimiento de ninguna empresa que este cubriendo ese tipo de cirugías.
ResponderEliminargracias por la respuesta previa. cuando me dice "Medicina Preventiva" se refiere a Sanitas? aca tambien aplican plazos de espera, deducibles como cualquier otra aseguradora? que beneficios ofrecen este tipo de compañias respecto a las aseguradoras?
ResponderEliminargracias nuevamente
Disculpe, sería irresponsable de mi parte referirme a la operatividad de las empresas de medicina pre pagada ya que nunca he trabajado con ese tipo empresas, y lo que sé, lo he escuchado de conocidos y/o clientes.
ResponderEliminarAnteriormente a los corredores de seguros se nos prohibía intermediar para esas empresas o para las cooperativas, por lo que nunca me involucre con ninguna de ellas.
Espero me disculpe.
necesito saber si existe algun seguro de salud para personas mayores de 60?
ResponderEliminarSi, podría ofrecerle por lo menos dos opciones. Si desea obtener mayor información escriba y envié sus datos a mi E-mail martyleal@gmail.com y con gusto le daré mayores detalles.
ResponderEliminarBuenas noches Sr. Marty.
ResponderEliminarNecesito saber lo siguiente: Si la mastoplastia reductora es solicitada por el medico tratante de una joven de 17 años (Traumatologo)por presentar Escoliosis Idiopatica del Adolescente, cuya evidencia es sin fines esteticos ni funcionales, sino le está ocasionando un daño que sería irreversible ¿porqué el seguro La Previsora una vez que es examinada por el medico Representante de los casos médicos de la prenombrada aseguradora,quien tambien lo determinó, me niegan la carta aval. Que debo hacer en este caso por favor?
Entiendo su consulta y tratare de orientarla, pero primero le comento que yo no trabajo con La Previsora y por ello no he tenido la oportunidad de leer sus condicionados.
EliminarVera, salvo la nueva prohibición que impide rechazar siniestros alegando la preexistencia de enfermedades, las demás condiciones de las pólizas se mantienen inalteradas, siendo a mi parecer que las de mayor importancia son las cláusulas de exclusiones temporales (Plazos de Espera) y las exclusiones generales, y es importante conocer estas ya que estas pólizas no se refieren expresamente a que cubren sino que básicamente se entiende que se cubre cualquier gasto médico originado por enfermedades u accidentes que no estén excluidos.
En su caso particular el hecho es que en la mayoría de los casos esa condición está expresamente excluida y de una forma limitativa. En algunos caso el texto de la exclusión dice algo así “Esta póliza no cubre gastos incurridos por:…tratamiento quirúrgico de…mastoplastia reductora con fines estéticos, funcionales o anatómicos ni sus complicaciones…” En este caso será muy difícil que le den cobertura.
En otros casos como en Seguros Caracas la exclusión existe igualmente para esta patología pero con una salvedad, y dice así: "La Empresa de Seguros no estará obligada al pago de indemnización por los gastos incurridos en relación con:… Mastoplastia de reducción o aumento con fines estéticos y/o funcionales y/o anatómicos, excepto en los casos de pacientes con Gigantomastia juvenil que, previa aprobación del Departamento Medico de la Compañía, provoquen evidentes trastornos a nivel de la columna cervical y dorsal evidenciado en estudios clínicos y de imágenes y a condición de que dichas pacientes estén inscritas en la póliza desde antes de los 14 años de edad.” En este caso si se hubiesen dado las condiciones aquí descritas se le daría cobertura.
En resumen lea con detenimiento las condiciones de su póliza o pídale a su corredor que lo haga por Usted y le dé detalles del alcance de su póliza.
En todo caso, en materia de seguros al asegurado se le considera el débil jurídico y toda clausula será interpretada de la manera en que más beneficie al asegurado, y como Usted sabrá esta empresa es del estado y si tienes dudas o simplemente para ejercer cualquier recurso que este a su alcance, Usted puede dirigirse a la Superintendencia para La Actividad Aseguradora plantear su caso y con seguridad recibirá apoyo de su parte.
Siempre a su disposición.
Buenas Tardes,Yo tengo una poliza colectiva con seguros caracas , quisiera saber si tengo obesidad morbilidad que hay de cierto que el seguro debe cubrirla . porque ellos me dicen que no.Gracias
ResponderEliminarDisculpa se me olvido colocar que me tengo que hacer un by pass gastrico ya que tengo un sobre peso de 60 kgs
ResponderEliminarLamentablemente no hay nada de cierto en eso. Eso esta excluido, ninguna compañía de seguros que conozca lo cubre. En Seguros Caracas no tiene cobertura y no hacen excepciones.
ResponderEliminarbuenas noches sabrá si seguros HORIZONTES cubre el bypass gástrico su intervención agradezco su respuesta un grato saludo de mi parte
ResponderEliminarAl 100% no sabría decirle porque no trabajo con esa empresa, pero por comentarios y considerando que básicamente los textos de los condicionados de las pólizas son de redacción estándar, puedo asumir que no.
EliminarA mi saber ninguna compañía con las que trabajo lo cubre y de hecho la otra empresa del estado “Seguros La Previsora” no lo cubre.
hermano me quiero incluir en un hc pero tengo una enfermedad en el corazon como lo es el recrecimiento bajo que condicione sme puedo incluir en una poliza
EliminarAmigo la verdad es que en principio y muy lamentablemente sería difícil que una aseguradora aceptara el riesgo en una póliza individual, es decir suscribir para usted una póliza de salud.
EliminarSin embargo puede existir la posibilidad de que si trabaja en una empresa que tenga para sus empleados un plan colectivo le aseguren sin mayores limitaciones.
En cuanto a las pólizas individuales podría ser el caso de que previo análisis del riesgo le suscriban una póliza excluyendo de manera permanente cualquier tratamiento o indemnización que se pudiera derivar de esa patología en particular.
seguros la occidental cubre el by pass gastrico?
ResponderEliminarporque seguros mercantil y banesco tiene casos de aprbacion de by pass
ResponderEliminarHasta donde yo tengo conocimiento, ninguna aseguradora con las que trabajo lo cubre, de hecho solo supe de casos que cubría una empresa estatal, bajo una póliza colectiva contratada con parámetros que le permitían cubrir ese tipo de patologías. Así que podría ser el caso de que esas aseguradoras que Usted menciona lo hayan cubierto bajo condiciones similares o bien en casos puntuales, o pólizas administradas en cuyo caso quien a la final paga o cubre el gasto es el mismo contratante.
EliminarEstas dos empresas son muy restrictivas y cerradas en cuanto al manejo de sus pólizas individuales.
En todo caso si Usted conoce de estos procesos, me gustaría que para beneficio de todos lo que consultan sobre este particular, nos escribiera más adelante ofreciéndonos detalles de esos casos.
buenas quisera saber si con la poliza de rescarven gold plus me puedo hacer la manga gastrica por lo q me han dicho esta poliza es la segunda de esta compañia
ResponderEliminarDisculpe pero desconozco el alcance de los planes ofrecidos por la empresa de medicina pre pagada como Rescarven o Sanitas.
EliminarBuenas tardes, quisiera hacerte una consulta sobre seguros la occidental. Tengo un niño de 2 años que está amparado por la póliza desde hace 20 meses. Hace un par de semanas empezó a manifestar una constipación aguda que dado el cuadro clínico lleva a presumir Megacolon Congénito según estudio radiológico, pero la única forma de saber si se trata o no de esta enfermedad es realizar una biopsia y de ser positiva debe hacerse recesión del área del colon afectada. El seguro debido a que se trata de una enfermedad supuestamente congénita cubriría ambos procedimientos? la biopsia y la recesión?
ResponderEliminarla póliza de la occidental de mi hijo es individual, no es por empresa
ResponderEliminarSi amigo debería cubrirle todo, vera la empresa ya no puede alegar prexistencia como causal de rechazo y si bien la patología podría estar sujeta a los plazos de espera normales o aquello plazos de espera que aplican para enfermedades congénitas, ya por el tiempo que tiene el niño asegurado los plazos habrán cumplido. En el más estricto de los casos los plazos de espera son de 20 meses, siendo lo normal 18 meses.
ResponderEliminarAsí mismo y dado que esta condición médica se ha conocido hace muy pocos días no deberá tener problemas.
buenas amigooo..tengo 1año y 2meses pagando la previsora,..salud!!le comento el casoo..
ResponderEliminarhace aproxm 3 meses tuve un pequeño accidente en el cual me partí y torcí el tabique el seguro me cubrio los gastos de la asistencia ...clinica..pero me quedo el tabike muy feoo kisiera saber si ese seguro lo puedo utilixar para areglarm .enderezarme ese tabique
Dado que esa desviación o malformidad fue originada por un accidente (de hecho cubierto por la póliza) no debería tener ningún tipo de problemas.
EliminarTramita una Carta Aval solicitando al médico aclarar la causa. De preferencia con un Cirujano General y no un Cirujano Plastico.
buenass..chico tengo 2 años pagando una poliza...de salud..seguro los andes,,y me dignosticaron hace como 15 dias 2 hernias discales..que tienen k ser operadas ala brevedad posible...k opinión me das.. podría usar la poloza
ResponderEliminarSi no hay problemas, solicita una Carta Aval para esa intervención, lleva todos soportes necesarios, Informe Medico, Estudios u Exámenes y el Presupuesto.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarLos miomas o fibromas son considerados enfermedades preexistentes? De ser así, cual sería el plazo de espera que da el seguro para poderme operar y que me lo cubra? En mi caso deben realizarme un histerectomía, pero acabo de asegurarme y no lo declaré porque no sabía que lo tenía. Gracias anticipadas por la información que pueda suministrarme.
ResponderEliminarAmiga, en su caso no se trata de que se considere una patología prexistente, sino que se trata de una condición expresamente sujeta a plazos de espera, estos plazos van desde un mínimo 12 meses hasta un máximo de 20, siendo lo más que sean 18 meses de plazos de espera. Si tiene el condicionado de su póliza verifique las “Exclusiones Temporales” o los “Plazos de Espera”.
EliminarDespués de cumplidos los plazos de espera podría operarse sin problemas.
Hola tengo obesidad morbida queria saber si hay alguna compañia de seguros donde pueda adquirir una poliza HC individual que me cubra una operacion de Bypass Gastrico.. Y cuanto tiempo de antiguedad debo tener con la poliza para poder hacerme la operacion....
ResponderEliminarGracias...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
EliminarLas pólizas actuales (salvo las contratadas bajo condiciones excepcionales) no cubren las intervenciones de colocación de By Pass o Manga Gástrica.
ResponderEliminarLamentablemente a la fecha no conozco aun de ninguna compañía que lo cubra.
Adicionalmente a esto, lamento decirle que si requiere Usted esta intervención podría asumir que tiene “sobrepeso” por lo que no sería elegible para tomar una póliza de seguros normal bajo un plan individual.
En pólizas colectivas hacen expresiones y ya se han habilitado las llamadas pólizas solidarias.
Hola buenas tardes mapfre y el seguro de la universidad esta cubriendo el bay paas tengo varias amigas y amigos conocidos q ya se las han hecho por esos seguros, no entiendo porq otras aseguradoras no aprueban si es un caso de salud no de estetica de verdad estoy en desacuerdo con esas aseguradoras y las leyes del seguro q no pueden cubrirlo por dios hay personas q quieren es mejorar su vida y sin salud no lo pueden hacer la obesidad es una ENFERMEDAD q puede traer muchisimas consecuencias hasta la muerte desde infarto y paros respiratorios yo solo sugiero q deberian ser incluidas en dichas polizas. ya q es una cirugia bastante costosa no estamos hablando de unos dinerillos sino de unos cuantos millones y la mayoria q sufre de obesidad son personas de bajos recursos porq hay personas q se las hacen y pagan decontado la cirugia pero es porq tienen la disponibilidad, yo me entrometi aca y opino porq estoy muy dolida tuve una sobrina de tan solo 28 años con una obesidad severa y tenia 52 kilos demas y hicimos de todo para operarla desde verbena y nunca llegamos a la cantidad de la cirugia tenia hernia hiatal reflujo, hipertencion ya lo ultimo era q tenia la insulina alta comenzo a sufrir de taquicardia broncoespasmo como si tenia asma y en todos los examenes salio maal se introdujo los documentos al seguro y los rechazaron porq esta excluida ya q es una operacion de estetica no tanto eso el 01 de octubre del año 2011 mi sobrina comenzo con una crisis como de asma y por mas q se neubolizaba no paro señores mi sobrina le dio un infarto y fallecio todos estamos claros q su obesidad no la ayudo a resistir ese infarto señores por favor incluyan ese tipo de cirugia en las compañias aseguradoras asi como mi sobrina taaan joven asi hay muchisima gente q necesita ese tipo de cirugia cuanto antes para alargar su tiempo de vida en esta tierra. saludos a todos y los q necesitan esa cirugia sigan luchando señores LA OBESIDAD ES UNA ENFERMEDAD.
ResponderEliminarAun cuando entiendo su posición y la de todas las personas, lamento indicarle que como he tratado explicar en otras ocasiones solo se podrá corregir esto cuando se modifiquen los condicionados autorizados por el estado a través de la Superintendencia para la Actividad Aseguradora.
EliminarMapfre a través de sus pólizas normales no lo cubre. Así que si lo han cubierto debe ser a través de pólizas a riesgo o administradas contratadas de forma tal que se ha dejado sin efecto la exclusión alusiva a este tipo de intervenciones.
De hecho recientemente he visto que en las nuevas pólizas solidarias la exclusión persiste, aun cuando si se da cobertura bajo ciertos parámetros.
Según el condicionado aprobado en su Clausula 8 Exclusiones en su literal m) se excluye “Tratamiento para la obesidad o reducción de peso. No obstante, queda a salvo lo establecido en el literal o) de la Clausula 2.- Gastos Cubiertos” y esto indica “Están cubiertos los gastos de intervención quirúrgica por obesidad mórbida, basada en un índice de masa corporal superior a 40Kg/mt2 o mayor a 35Kg/mt2, siempre que en este ultimo caso exista comorbilidad, previo cumplimiento del siguiente protocolo: dos (2) evaluaciones de un Nutricionista; una (1) evaluación de un Endocrinólogo; una (1) evaluación de un Neumonólogo; dos (2) evaluaciones efectuadas por un Psicólogo y una evaluación de un Médico Internista que incluya un informe de chequeo cardiovascular. Queda entendido que los gastos generados por la aplicación del protocolo no estarán amparados por esta Póliza.” Gaceta Oficial Nro. 39.762
buenas tardes amigo la compania donde trabajo aseguro todo el personal con seguros caracas tube un insidente donde me quedo el tabique nasal desviado y tengo problemas para respirar normalmente quiero saber si por la poliza puedo aceder a la reconstrucion de el tabique nazal gracias por su ayuda
ResponderEliminarSi como dice esa condición se originó de un accidente no tendrá problemas, solicite un Informe médico y lleve el presupuesto con sus debidos exámenes o placas y tramite una Carta Aval.
ResponderEliminarNota: Que la intervención se la realice un Cirujano General y no un Cirujano Plástico y que eso este claramente especificado en los documentos del galeno.
hola, podras orientanme con respecto a una poliza de seguro automotriz? despues de 74 dias habiles declinaron el reclamo por ser extemporaneo. tengo que denunciar primero al indepabis o lo puedo hacer directo a la superintendencia de seguro? muchas gracias.
ResponderEliminarAmigo si te entiendo me dices que después de más de dos meses con un reclamo en trámite te informan que rechazaron el siniestro por extemporáneo.
EliminarSi esto es así ciertamente puedes reclamar pero ve directamente a la superintendencia ya que allí incluso podrán direccionarte si es necesario al Indepabis.
Verifica que a tu corredor no le hayan informado a tiempo, ya que si bien la ley dice que la empresa tiene 30 días para pagarte o rechazar el siniestro (e informarte debidamente del causal de rechazo), también es cierto que toda comunicación entregada al corredor o intermediario se considera entregada al asegurado y si ese el caso él también es responsable.
puedes cotizar polizas?
ResponderEliminarSí claro....envié un correo a martyleal@gmail.com
EliminarSí claro....envié un correo a martyleal@gmail.com
Eliminarhola buenas tardes, mi esposo me va a incluir en el seguro, queremos tener un bebe, mi pregunta es, ¿ cuanto tiempo tengo que esperar para que el seguro me cubra el parto ?
ResponderEliminarLos plazos de espera para la cobertura de maternidad son de diez meses.
EliminarEs decir la cobertura cubrirá los gastos por el alumbramiento por parto o cesárea después de diez meses contados a partir de la emisión o contratación de la cobertura.
ok y si en dado caso ya estoy no me lo cubre, es decir, tengo que esperar 10 meses para salir embarazada??
ResponderEliminarSi esta embaraza debe declararlo y por supuesto no le darán cobertura de maternidad. (Debe declararlo porque si no lo hace incurre en Declaración Falsa u Inexacta u Omisión. Todos causales de nulidad del contrato)
EliminarY los plazos de espera se refieren al alumbramiento como tal es decir si por ejemplo contrata una póliza en Enero y digamos queda en estado finales de febrero y da a luz en noviembre tendrá cobertura si en otro supuesto el parto se adelanta y da a luz en septiembre no tendrá cobertura.
muchisimas gracias de verdad que me aclaro la duda que teniamos buenas noches
ResponderEliminarBuenas noches, mi inquietud es la siguiente, estoy asegurado con seguros caracas en ramo automotriz, y mi esposa tuvo un siniestro, yo puedo declarar el siniestro?? O el seguro no me lo va a reconocer por aparecer yo como asegurado??? siendo mi esposa la que tuvo el incidente??? Espero tus comentarios gracias
ResponderEliminarNo amigo no hay ningún problema siempre y cuando ella este facultada para conducir (Licencia y Certificado Médico Vigente) y que la causa del siniestro no haya sido una infracción como por ejemplo un giro en “U”.
EliminarFuera de eso no tendrá ningún problema, solo recuerde llevar los documentos de su señora.
Anónimo; reporte un siniestro en junio del año pasado, le notifique a la a seguradora pero no por escrito, que no podia para el vehículo por dos días q era lo mínimo q exigia el taller para repararlo; el mes pasado solicite un cese temporal de actividades para reparar el daño del vehículo, y pedi una activación del siniestro y el seguro me dijo que no era procedente por extenporaneo, que puedo hacer al respecto ya que mi vehículo esta chocado y el seguro no quiere reactivar el siniestro.
ResponderEliminarDisculpe pero en su caso lamentablemente quien peco no fue la aseguradora, el hecho de que Usted haya tenido limitaciones de tiempo no es algo a considerar, en el contrato hay establecidos plazos de tiempo para el tramite de siniestros y que son de cumplimiento obligatorio. (Estos están en el condicionado de la póliza y además están establecidos en la Ley del Contrato de Seguros por lo que aun cuando no lo tuviese a la mano aplica aquello de que “el desconocimiento de la Ley no justifica su incumplimiento”)
ResponderEliminarEn su caso, no solo no formalizo el reclamo para lo cual tenia 15 días sino que también prescribieron los demás plazos existentes con el agravante de que el mismo hecho de que no reparara el vehículo oportunamente implica una violación a la obligación por parte del asegurado de aminorar las consecuencias del siniestro ya que con el pasar del tiempo el daño a empeorado y el costo de repararlo se ha incrementado y esto es causal de exoneración de responsabilidad.
En resumen no hay nada que hacer y la aseguradora no tiene obligación de reconsiderar el caso.
Lamentado no poderle ayudar solo me queda recomendarle procurar ser mas diligente en casos futuros.
Buenas tardes existe en estos momentos algun seguro que cubra mayores de 70 años, quiero asegurar a mi mama quien actualmente goza de excelente salud y tiene 73 años.
ResponderEliminarGracias
Si Sra. como no, ya están en vigor las pólizas de Seguros Solidarios y con ellos podrá gozar de una cobertura básica de Bs.F. 30.000,00.
EliminarPuede dirigirse a cualquier compañía de seguros y tramitar la contratación de este plan.
Si desea mayor información lea este artículo:
http://www.martyleal.blogspot.com/2012/03/algunas-cosas-que-debe-saber-sobre-los.html