Al promulgarse la ley en Gaceta Oficial, las pólizas de
seguro ya existentes por una suma superior al precio máximo de venta fijado por
el Ejecutivo se mantendrán vigentes hasta su fecha de vencimiento. La
aseguradora no tiene que retornar dinero de la prima al asegurado. En la
disposición transitoria tercera se determina que será una vez vencida y en el
momento de su renovación que ajustará la póliza al precio máximo de venta
determinado para cada modelo de vehículo. Las pólizas que se contraten nuevas o
que les llegue el momento de ser renovadas luego de la entrada en vigencia de
la ley se regirán por el artículo 27, según el cual las empresas de seguros no
podrán asegurar carros nuevos o usados por un valor mayor al precio máximo de
venta. Si se trata de un carro nuevo, el valor de la póliza se fijará según el
precio de compra que dice la factura, siempre y cuando no haya transcurrido un
año desde la adquisición. Los seguros serán una elección del dueño del
vehículo. La aseguradora que incumpla esta disposición será sancionada con una
multa de 10.000 Unidades Tributarias, que calculadas a Bs 107 implican una
sanción 1,07 millones de bolívares. La ley ordena tomar como referencia el
precio de los vehículos sugerido por las ensambladoras al 28 de febrero 2013.
De esta manera mientras el Ministerio de Comercio activa, en
un plazo de 30 días tras la promulgación, un sistema en el portal web que
contendrá la fórmula para calcular el valor específico de cada carro según su
año, modelo, kilometraje y condición, el valor de un carro usado se venderá con
una rebaja del 10%, es decir no podrá exceder 90% del precio fijado por
ensambladoras en febrero para los carros nuevos o de características similares.
La fórmula que se aplicará luego en el portal se diseñó con la finalidad de
ajustar el precio de compra inicial al momento de la venta, para ellos se
multiplica el precio inicial por las Unidades Tributarias (UT) de ese año, y
luego se dividen entre las UT vigentes, a esto se le resta la depreciación. La
depreciación se calculará en función de la antigüedad del vehículo, el
kilometraje, y la condición del carro. Este último factor será ponderado por el
vendedor entre: muy bueno, bueno, regular y malo. Al momento de entrar al
portal debe tener la factura con precio original, modelo, año y kilometraje del
vehículo.
CRÉDITO PARA COMPRAR DECLARAR PÉRDIDA TOTAL
La ley prohíbe en el artículo 28 a los bancos otorgar
créditos para la compra de vehículos nuevos o usados por montos superiores al
precio máximo de venta fijado por el ente regulador. El artículo 29 dice además
que no podrán obligar al comprador a solicitar créditos con un banco específico
para la compra.
La ley prohíbe la subasta de vehículos para la venta por
parte de ensambladoras, aseguradoras, importadoras y comercializadoras. Esto
tendrá multa de 20.000 UT. También queda prohibido a las aseguradoras
incorporar de nuevo al parque automotor los carros declarados pérdida total. La
sanción para quien lo haga será de 20.000 UT.
Fuente: Entorno Inteligente www.entornointeligente.com
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