Consta de 38 artículos y se divide en cinco capítulos
La Asamblea Nacional (AN) sancionó este martes la Ley que
Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Terrestres, Nuevos y Usados
Nacionales o Importados, que se remite al Ejecutivo Nacional a los fines de su
promulgación.
Esta norma, que consta de 38 artículos, se divide en cinco
capítulos: el primer capítulo trata sobre las disposiciones generales, el
segundo es sobre los precios de los vehículos, el tercero se refiere a las
obligaciones, el cuarto establece las prohibiciones y el quinto capítulo aborda
el régimen sancionatorio.
Entre los artículos de la ley destacan el 9, que aborda la
publicación de listas de precios de vehículos en los sitios de venta; el 10,
que trata sobre la obligación de publicar la referida lista; el 16, que regula
el cumplimiento del registro de venta de vehículos en las notarías del país; y
el 17 que se refiere a la venta de vehículos de las ensambladoras a sus
trabajadores.
Asimismo, el artículo 20 trata sobre la garantía de
vehículos automotores terrestres; el 21 prohíbe la comercialización de
vehículos mediante publicidades que presenten precios mayores a los
establecidos por el ente rector; el 31 se refiere a las multas aplicadas a
aquellos que alteren el kilometraje de vehículos nuevos y usados: y el 34
aborda las sanciones a los funcionarios públicos que falten a la norma legal.
En caso de violarse la norma legal, el Instituto Nacional
para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios
(Indepabis) será el ente sancionador.
La disposición final primera de la ley dispone que para
velar por el cumplimiento de la normativa del sector automotriz se conformará
un comité evaluador integrado por la Superintendencia Nacional de Costos y
Precios (Sundecop), el Indepabis y los ministerios de Industrias, Comercio,
Transporte Terrestre, Petróleo y Minería y de Ambiente.
Asimismo, este comité estará conformado por el Instituto
Nacional de Transporte Terrestre (INTT), el Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), la Comisión de Administración de
Divisas (Cadivi), el Servicio Autónomo
Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos
(Sencamer), el Fondo Nacional de Transporte Urbano (Fontur) , la banca pública,
el Banco Central de Venezuela (BCV) y una representación del Poder Popular.
Los resultados de estas evaluaciones serán comunicados a la
AN por medio de los ministerios de Industrias y Comercio y de la Sundecop.
Fuente: El
Nacional / AVN
Foto de Ernesto Morgado
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