Estiman demanda de vehículos en 120.000 unidades anuales en
el país
El presidente de la Comisión de Administración y Servicios
de la Asamblea Nacional (AN), Elio Serrano, estima que la demanda de vehículos
en el país ronda las 120.000 unidades anuales.
"No es tal esa demanda que dicen los economista
defensores de las ensambladoras, decimos que con la importación y el ensamblaje
que se haga aquí, con una producción de 120.000 vehículos (por año) creemos que
se subsana el problema de la demanda insatisfecha de los vehículos",
refirió al comentar la Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos
Automotores Nuevos y Usados Nacionales o Importados, sancionada la semana
pasada por el Parlamento y en espera por su promulgación por el presidente de
la República, Nicolás Maduro.
"Tengo la certeza de que las ensambladoras del país,
lejos de tener pérdidas, le retribuyen a sus casa matrices muy buenas ganancias
desde el punto de vista de lo que es el negocio internacional de
vehículos", indicó.
La ley establece un plazo no mayor de 120 días, una vez
publicada en Gaceta Oficial, para que el Gobierno fije los precios justos de
los vehículos, pero mientras esto ocurre deben tomarse en cuenta los precios
sugeridos por las ensambladoras al 28 de febrero de este año.
La fijación de los precios estará a cargo de un sistema
integrado por el Ministerio para el Comercio y la Superintendencia de Costos y
Precios Justos (Sundecop).
"La población venezolana ve con agrado que este tema
quede regulado. La hemos visto a través de redes sociales, en comunicaciones
enviadas a la comisión, y la gente está consciente que hay especulación y una
estafa continuada que se le está haciendo al pueblo en general", aseveró.
Serrano consideró que otro elemento que contribuirá a la
regulación de los precios de los vehículos es la prohibición expresa que tienen
las empresas de seguros de acordar pólizas para automóviles por encima del
precio máximo de venta que se establezca.
Las pólizas de seguros de vehículos se mantendrán vigentes,
aun cuando estén por encima del precio máximo establecido, hasta su
vencimiento. Pero cuando vaya a renovarse se deberá ajustarse al precio
regulado por la ley.
En este sentido, si el comprador accede a pagar un monto
adicional al precio máximo establecido por un vehículo se arriesga a perder ese
diferencial porque no lo podrá asegurar por un monto mayor que el indicado.
De igual manera, el registro de la operación de compra-venta
ante una notaría no se podrá realizar por encima del precio máximo establecido.
La empresa ensambladora deberá informar cuántas unidades
mensuales produjo, así como cuáles concesionarios los entregó, de manera tal
que se le pueda hacer seguimiento al vehículo desde que sale de la planta.
"Queremos que el vehículo ensamblado en el país se sepa
hacia dónde va", dijo Serrano al referir el mecanismo que busca facilitar
al comprador anotado en una lista de espera conocer cuándo puede estar disponible
una unidad.
Ley establece instrumento para comercializar vehículos
usados
La nueva ley establece una fórmula para el cálculo del
precio de venta máximo de un vehículo usado, basado en el llamado valor de
reposición y la depreciación de la unidad.
"Por ejemplo si el carro es de 2007 y se adquirió en
ese momento a 50.000 bolívares y la unidad tributaria estaba en 25 bolívares,
entonces divides 50.000 entre 25, eso te da 2.000 unidades tributarias, que
será el valor de reposición de ese carro. Si multiplicamos por 107 bolívares
(que es el valor de la UT para 2013) te da 214.000 bolívares. Posteriormente a
ese valor de reposición se le aplica la depreciación", explicó Serrano.
Para el cálculo de la depreciación del vehículo se tiene en
cuenta tres factores incluidos en la fórmula para establecer el precio máximo
de venta: El factor de antigüedad, con base al año que tiene el vehículo; por
el uso, con base al kilometraje recorrido, y de conservación, que obtiene por
una evaluación sobre el estado del vehículo.
"Lo que estamos estableciendo es el precio máximo de
venta. Si tú colocas (vendedor) que el vehículo está en muy buenas condiciones
pero no está muy bueno en realidad, cuando se vaya a hacer la transacción el
comprador dirá que eso no es así y se deja una negociación entre las partes,
pero ya establecido el techo máximo", refirió.
Explicó que con estas condiciones se prevé que un vehículo
apenas sale del concesionario se convierte en una unidad usada que cuenta con
una depreciación, en su precio original de, al menos, 7%.
El Ministerio para el Comercio tiene la responsabilidad de
establecer una página web para poder consultar el precio de venta máximo de un
vehículo, con base a la fórmula establecida, para lo cual cuenta con 30 días
una vez sea publicada a ley en Gaceta Oficial.
Recalcó que las páginas en Internet que se dedican a la
comercialización de vehículos no podrán publicar precios de los vehículos hasta
tanto no sea publicado el instrumento de referencia para el cálculo del precio
máximo de venta.
También están prohibido el condicionamiento para la venta de
un vehículo con una empresa particular de seguros, así como de accesorios
particulares.
Indicó que el concesionario que altere fraudulentamente la
lista de compradores será sancionado. Esa lista tiene que ser publicada de
forma cifrada en una página web y en la sede de la empresa de forma similar
como parece el listado de pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales (IVSS).
"Lo que si debe tener en su registro el concesionario
es la forma cómo comunicarse con la persona interesada en la compra por
intermedio tanto de un correo electrónico y un número telefónico", añadió
Serrano.
De igual manera, el concesionario deberá presentar una
justificación por escrito en caso de que algún comprador en lista de espera
renuncie a su opción de compra. Esta disposición busca evitar la manipulación
fraudulenta de ese listado.
Agregó que la regulación de los precios de los repuestos,
partes y accesorios de los vehículos se realizará de forma progresiva iniciando
con las elementos de principal demanda por parte de los conductores.
Las empresas de vehículos otorgarán garantías de dos años o
60.000 kilómetros de uso a vehículos livianos; tres años y 200.000 kilómetros a
vehículos de carga y un año ó 8.000 kilómetros a las motocicletas. Además,
deberán ofrecer servicio de revisión y mantenimiento gratuito (sólo se pagarán
los insumos), según lo establezca el respectivo programa de mantenimiento técnico
elaborado por el fabricante de cada vehículo mientras éste se encuentre en
garantía, indica AVN.
Fuente: Descifrado