En la norma se revisan las sumas aseguradoras y las
coberturas
La Superintendencia de la Actividad Aseguradora crea una
póliza de salud uniforme y fija las tarifas que tendrán que cobrar las
compañías de seguros.
En la Gaceta Oficial No.40.316 del 16 de diciembre se
publicaron los términos de los seguros de Hospitalización, Cirugía y Maternidad
(HCM), los cuales comenzarán a regir a partir de junio del 2014.
Entre las condiciones reguladas están las primas. El
organismo establece tabuladores con las tarifas máximas que deberán aplicar las
empresas y que toman como parámetros: las sumas aseguradas, las edades y los
deducibles (montos que cancelan los asegurados para cubrir parte de los
gastos).
Según el nuevo esquema, por ejemplo, si una persona está
entre los 30 a 39 años y contrata un seguro con una suma asegurada de 150.000
bolívares y un deducible de 50 bolívares, la prima anual a pagar será de 9.814
bolívares. Si la persona está entre 60 y 69 años y también acuerda una póliza
por 150.000 bolívares con un deducible de 50 bolívares, la prima anual a
cancelar será de 16.677 bolívares.
Fuentes del sector seguros señalan que ese tabulador
requiere de una revisión exhaustiva para determinar el impacto, si existe un
ajuste en las tarifas o se mantienen los valores actuales. De hecho, las
compañías de seguros se encuentran haciendo los análisis respectivos.
El pasado mes de septiembre, el superintendente, José Luis
Pérez, señaló en un comunicado que uno de los objetivos de la póliza uniforme
es "evitar variabilidad en las primas en las pólizas" y en ese
contexto, añadió que "existe una desproporción de las tarifas que se
aplican de un año a otro. La idea es que el aumento vaya en función de la
inflación, o lo que determinen los estudios de la administración
descentralizada".
En las disposiciones transitorias de la normativa que regula
los seguros se indica que los asegurados podrán cancelar las primas de manera
fraccionada. "Las empresas podrán fraccionar el pago previa aprobación de
la Superintendencia, de la metodología de cálculo y de las condiciones
aplicables al contrato por el fraccionamiento".
Aunado a las tarifas, el ente supervisor también norma las
sumas aseguradas.
Si bien en los tabuladores se contemplan sumas de hasta
150.000 bolívares, la misma resolución permite la contratación de coberturas de
exceso. Se indica que "la póliza tiene la condición de cobertura básica y
sólo podrán comercializarse coberturas de exceso por montos superiores a la
suma asegurada máxima, previa aprobación de la Superintendencia".
Según la resolución, "las empresas de seguros podrán
solicitar la aprobación de anexos de coberturas adicionales para amparar otros
riesgos".
En cuanto a las coberturas, fuentes del sector seguros
apuntan que las pólizas uniformes las amplían. Destacan que actualmente los
contratos no cubren casos como intervenciones quirúrgicas por obesidad mórbida,
en los nuevos seguros sí se incluyen.
Adicionalmente, las pólizas uniformes contemplan plazos para
cubrir otros riesgos. Si una persona contrata el seguro de salud el 14 de junio
del próximo año (cuando arranca el nuevo seguro) tiene que esperar un plazo de
18 meses para recibir coberturas para: alergias, arritmias cardíacas,
arteroesclerosis, artropatías, hipertensión arterial, diabetes, enfermedad
biliar, enfermedad bronco pulmonar obstructiva crónica, entre otras.
Fuente: El Universal por Mayela Armas H.
Interesante.
ResponderEliminar¿Será esta una nueva opción adicional a tomar en cuenta al momento de contratar una póliza, como lo son las pólizas de seguro solidarias?
¿O por el contrario se trata de una homologación mediante la cuál todas las pólizas de salud emitidas en el país (incluyendo las vigentes) se regirán por la nueva normativa?
Según entiendo es una Homologación, sin embargo se muy poco de esto, de cómo lo aplicaran las compañías y de cómo operara en general.
ResponderEliminarHe consultado con algunos ejecutivos pero la verdad es que hay desconocimiento y no he logrado que ninguno me dé una idea de cómo se implementara esto o de como funcionara o cual será su incidencia en el mercado.
En mi opinión personal no creo correcto homologar los costos, ya que operativamente todas las empresas son diferentes y desde luego la estructura de costos ha de diferir según el tamaño de la empresa, su infraestructura, su plataforma tecnológica, sus instalaciones, su fuerza laboral, etc. Como dicen no se pueden comparar peras con manzanas.