La Superintendencia de la Actividad Aseguradora informa y alerta a los usuarios 
y usuarias que únicamente pueden contratar operaciones de seguros con aquellas 
asociaciones cooperativas que a la fecha se encuentren autorizadas por este 
órgano de control, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la 
Ley de la Actividad  Aseguradora, publicada en Gaceta Oficial de la República 
Bolivariana de Venezuela Nº 5.990 Extraordinario del 29 de julio de 2010, 
reimpresa en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 
39.481 de fecha 05 de agosto de 2010 y en las Normas para Regular las 
Operaciones de las Cooperativas u Organismos de Integración que Realizan 
Actividad Aseguradora, publicadas en la Gaceta Oficial de la República 
Bolivariana de Venezuela Nº 39.621 de fecha 22 de febrero de 2011. Esta 
información podrá ser verificada en la página web www.sudeseg.gob.ve.
Fuente: http://www.sudeseg.gob.ve/info_211212_2.php
