La Superintendencia de la Actividad Aseguradora informa y alerta a los usuarios
y usuarias que únicamente pueden contratar operaciones de seguros con aquellas
asociaciones cooperativas que a la fecha se encuentren autorizadas por este
órgano de control, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la
Ley de la Actividad Aseguradora, publicada en Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 5.990 Extraordinario del 29 de julio de 2010,
reimpresa en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
39.481 de fecha 05 de agosto de 2010 y en las Normas para Regular las
Operaciones de las Cooperativas u Organismos de Integración que Realizan
Actividad Aseguradora, publicadas en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 39.621 de fecha 22 de febrero de 2011. Esta
información podrá ser verificada en la página web www.sudeseg.gob.ve.
Fuente: http://www.sudeseg.gob.ve/info_211212_2.php