sábado, 7 de enero de 2012

Seguros Solidarios comenzarán a ofertarse en marzo de 2012.

A finales del mes de septiembre fue publicada en gaceta oficial la normativa que regirá la aplicación de los seguros solidarios en la actividad aseguradora venezolana.

El pasado 21 de septiembre de 2011 fue publicada en Gaceta Oficial la norma que regulará el acceso a los seguros solidarios que deberán proveer las empresas aseguradoras del país. Este tipo de productos estarán dirigidos a personas jubiladas, pensionadas, con discapacidad, adultos mayores, con enfermedades físicas o mentales y aquellos que reciban un ingreso mensual menor a 25 Unidades Tributarias (UT), que equivales a Bs: 1.900 actualmente, según el valor de la UT en Bs. 76. Los asegurados no podrán adquirir más de una póliza de seguro solidario que ampare la misma cobertura.

Los ramos que contemplarán los seguros, accidentes personales y cobertura de gastos funerarios.

Las coberturas solidarias de salud tendrán una suma asegurada de Bs. 30.000 con opción a la contratación de la cobertura de Maternidad por un monto de suma asegurada de Bs. 15.000. La prima mensual alcanza los Bs. 602. Éstas contemplarán realización de intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos, medicinas, gastos hospitalarios, exámenes y rehabilitación.

Por su parte las pólizas de accidentes personales ofrecerán, una cobertura de Bs. 60.000 (789,48 UT) y exigirán una prima anual de Bs. 115,5 (1,52 UT).

La cobertura funeraria constará de Bs. 17.948 (236,16 UT) y tendrá una prima anual de Bs. 44,8 (0,59 UT).

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora estableció la cantidad de pólizas solidarias que debe ofrecer cada compañía para el año 2012 y, a su vez, señaló que los intermediarios de seguros deberán divulgar, informar y comercializar estas pólizas solidarias, tal como lo indica el artículo 13 de la nueva norma.

La norma no hace alusión a ramos colectivos por lo cual se entiende que sólo se contemplarán pólizas individuales.

• Las compañías podrán solicitar aquellos recaudos que sean necesarios para validar las condiciones que demuestren que el futuro asegurado pertenece al público objetivo de los seguros solidarios.

Fuente: Revista Libre. Revista de Seguros Caracas de Liberty Mutual. N° 11


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