sábado, 30 de diciembre de 2017

2018 un año de retos para el sector asegurador venezolano.

El 2018 será un año de transformación y los seguros no serán la excepción. La protección de los bienes y de la familia venezolana debería hacerse en una moneda dura.

Es indudable que en Venezuela ya no se puede pensar en bolívares, vivimos una dolarización no oficial y para el próximo año se espera que nuestra economía siga en picada. Los negocios tradicionales en bolívares son insostenibles, los seguros no pueden mantenerse con primas niveladas cobrabas por anticipado para proteger un bien o la salud de sus asegurados durante un año. El costo de las posibles reclamaciones aumenta día a día y el valor de los bienes asegurados tiene la misma tendencia, por lo que las primas son insuficientes y los asegurados están “mal asegurados”.

El sector asegurador, desea continuar protegiendo la salud y los bienes de sus clientes, y para ello debe adaptarse al entorno hiperinflacionario que vive el país, debe poder garantizar que sus asegurados serán resarcidos por las pérdidas que puedan sufrir, en el tiempo y en las condiciones óptimas para que su patrimonio este en las mismas condiciones en las que se encontraba antes de tener un siniestro. Para ello las aseguradoras deben garantizar su propia subsistencia, asegurando adecuadamente cada uno de los riesgos que asume y cobrando por ellos una prima que sea suficiente.

En principio, la protección de los bienes y de la familia venezolana debería hacerse en una moneda dura, algo difícil en un país con control de cambio desde el año 2003, pero que ya muchas compañías están implementando o al menos considerando implementar en el corto plazo. Así, asegurar bienes como los vehículos en dólares o contratar pólizas de salud en esta misma moneda, son parte de los cambios radicales ya implementados en el sector, considerando esta la única forma en la que el asegurado este realmente bien protegido.

Otros de los cambios ya implementados o por implementar son los seguros con periodos de cobertura menores a un año (Ej. cobertura trimestral) o pólizas anuales con ajustes periódicos obligatorios. Esto que ya se había concebido hace un par de años y que fue desestimado entonces por instrucción del estado, busca que los bienes estén asegurados por un valor lo más cercano posible al valor real de reposición y que la prima cobrada este acorde a ese mismo monto.

Otro de los cambios a implementar tienen que ver con el control de las pérdidas, por ello, muchos planes de seguros tendrán altos deducibles haciendo al asegurado participe del costo de cada siniestro.

Como cliente, el asegurado debe procurar que sus bienes y su integridad y la de su familia este adecuadamente protegida y para ello debe contar con un buen seguro, uno que le garantice que si le roban un carro, podrá reponerlo con la indemnización que reciba de su seguro, o que si tiene una emergencia médica su seguro cubra el 100% de los costos médicos y que el solo deba preocuparse del pago oportuno de sus primas. Lo mejor para esto es contratar seguros en una moneda dura, pero si esto le es realmente imposible, debe procurar contratar un seguro con cobertura en bolívares muy alta, suficiente y ajustable que permita cubrir sus posibles pérdidas.

Consultor – Asesor de Seguros
Presidente y CEO de Lemar Group Consulting, C.A.


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Ariana Pérez & Marty Leal

Asset Protection and Insurance Advisors

sábado, 9 de diciembre de 2017

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martes, 5 de diciembre de 2017

En Seguros, ¿Qué es el Riesgo?

Una definición sencilla la encontramos en el Libro “Terminología del Mercado Asegurador”, donde se describe el riesgo como un suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador o del beneficiario y cuya materialización da origen a la obligación de la empresa de seguros.

El “Riesgo” es el “objeto del contrato” para el asegurador, es decir, la obligación principal del asegurador es asumir el riesgo, y esté, hay que diferenciarlo del siniestro. El siniestro según Hugo Mármol* es “un acontecimiento futuro, incierto al menos en cuanto al tiempo, no exclusivamente dependiente de la voluntad del beneficiario, cuya realización implica la exigibilidad de la prestación prometida por el asegurador.” En cambio, el riesgo es la posibilidad del que el siniestro ocurra. (*Hugo Mármol. Fundamentos del Seguro Terrestre. UCAB 1980).

Como verán, las definiciones de Riesgo y Siniestro son similares y muchos autores simplificando, diferencian uno del otro al delimitar el siniestro como la materialización del riesgo. En nuestra legislación, la definición de riesgo la encontramos en las “Normas que regulan la relación contractual en la Actividad Aseguradora” (G.O. Nro. 40.973 del 24/08/16)  donde en su artículo 35 se define así, “El riesgo es la posible ocurrencia por azar de un acontecimiento que no dependa exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario, que ocasione una necesidad económica, y cuya aparición real o existencia se previene o garantiza en la póliza.
Los hechos ciertos, salvo la muerte y los de ocurrencia imposible, no constituyen riesgo, ni son susceptibles de ser asegurados. Tampoco constituye riesgo la incertidumbre subjetiva respecto a determinado hecho que se haya cumplido o no.”

El riesgo es elemento esencial del contrato de seguros y hay varias condiciones que deben existir para que este se pueda transferir / asegurar.
  • Debe ser un hecho futuro, algo que pueda ocurrir en el tiempo.
  • Debe ser incierto pero de posible, al menos en cuanto el tiempo. Como lo dice el artículo 35 Ejusdem, salvo la muerte, los hechos ciertos no constituyen riesgo. Ejemplo, todos sabemos que vamos a morir, pero no cuando.
  • No dependerá de la voluntad de las partes. Las normas de la actividad aseguradora estipulan como proceder en caso de agravación, disminución o cesación del riesgo, y en el caso de que el tomador, el asegurado o el beneficiario “con intención” causaran la materialización del riesgo, el contrato de seguro se considerara nulo, y la aseguradora quedara exenta de obligación.
  • Debe ser licito, no se pueden asegurar riesgos cuando estos estén al margen de la ley así sus características lo definan como riesgo.
  • Su ocurrencia debe ser por azar, de manera accidental, súbita e imprevista.
  • Debe suponer un perjuicio económico para el asegurado o el beneficiario, y por ende debe ser mesurable, estimable en dinero. En caso de muerte, aunque decimos que la vida no tiene precio, lo que se estima o asegura es el perjuicio económico que supondrá para los beneficiarios la pérdida física del asegurado.
  • Debe ser determinable. El asegurador debe poder tener un conocimiento exacto del riesgo.

Respecto del contrato de seguros “No son Riesgos”:
  • Los hechos ciertos.
  • Los físicamente imposibles.
  • La incertidumbre subjetiva.

Aunque existen varios tipos de riesgos, como por ejemplo el “Riesgo Especulativo” que puede devenir en una pérdida o en una ganancia económica (Ej. Las operaciones en bolsas de valores), en seguros solo tratamos con “Riesgos Puros” que como hemos visto son aquellos que de materializarse solo pueden ocasionar una pérdida.

En cuanto al tratamiento de riesgos, aunque esto supone en sí mismo un área específica como lo es la “Gerencia de Riesgos”, podemos coincidir en que tras identificar, medir y valorar un riesgo, las formas de tratarlo son:

  • Evitar el riesgo: simplemente no correr riesgos, evitar tantos riesgos como sea posible. Ej. Para evitar que te roben un carro, simplemente no tengas uno, o si lo tienes no lo saques. Evitar el riesgo muchas veces es inviable o poco práctico de hacer.
  • Reducción del riesgo: es prevenir la pérdida aminorando la posibilidad de ocurrencia. Por ley un asegurado debe actuar como un buen padre de familia y en la medida de sus posibilidades debe tomar acción para reducir el riesgo. Siguiendo con el ejemplo del vehículo, una forma de reducir el riesgo de robo, es no dejar el vehículo aparcado en vías públicas o zonas despobladas.
  • Retención del riesgo: es aceptar y asumir el riesgo de manera intencional si es que sucede. Ej. los planes de salud administrados, donde un patrono asume las posibles pérdidas que sus empleados pudiesen ocasionar por gastos en materia de salud. Es importante resaltar que también se puede asumir un riesgo por ignorancia, desconocimiento, decidía o simple resignación.
  • Transferencia del riesgo: la forma que más nos ocupa. Esto es simplemente transferir el riesgo a un tercero a fin de que este asuma las consecuencias de su posible materialización. Lo usual es transferir el riesgo a una compañía de seguros pero no es algo excluyente.

Consultor – Asesor de Seguros
Presidente y CEO de Lemar Group Consulting, C.A.






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viernes, 1 de diciembre de 2017

Pirámide Seguros inicia la navidad con su tradicional misa de San Charbel

Hoy, en lo que ya es una costumbre anual, Pirámide Seguros, C.A. recibe el mes de diciembre con su tradicional misa de San Charbel, un oficio religioso con el que año a año esta aseguradora de la mano del Sr. Bakhos Antoun y del Sr. Marco Zarikian reciben el primer día del mes de la navidad compartiendo con sus empleados y con sus aliados comerciales.

Esta misa en honor “San Charbel” quien se considera el patrono de la aseguradora, es propicia para recibir el mes más esperado del año y además de orar y de pedir por Venezuela, la ocasión es oportuna para el compartir y para sentirse en familia, algo con lo que la empresa y sus directores siempre han estado comprometidos, estando entre sus directrices hacer que todos los que interactúan con esta aseguradora se sientan como en familia, algo que desde mi punto de vista logran con su amabilidad y su trato siempre cordial.

En las palabras del Sr. Bakhos Antoun, Pirámide Seguros es una compañía diferente, una en la que todos deben sentirse como en familia.

Consultor – Asesor de Seguros
Presidente y CEO de Lemar Group Consulting, C.A.



El Sr. Bakhos Antoun agradeciendo a los asistentes y dando buenas nuevas a sus empleados.

Coral de Pirámide Seguros amenizado el final del encuentro.

San Charbel, patrono de corazón de Pirámide Seguros.
Marty Leal, Asesor de Seguros y Heczabeth Rivero, Gerente de Comercialización de Pirámide Seguros.


Si desea cotizar u obtener información sobre algún plan Seguros Pirámide escríbanos a: martyleal@gmail.com  – leal.tuasesor@gmail.com o llámenos al +58.412.285.2431



Seguros y Fianzas en Venezuela